LA NACIÓN - 3/06/09 -
Editorial
El mamarracho electoral
Resulta lamentable que, menos de un mes antes de los comicios legislativos, estemos inmersos en una discusión sobre sus reglas
Por si alguna duda quedaba de nuestra evidente falta de calidad institucional, debe lamentarse que, menos de un mes antes de una simple elección nacional legislativa, la ciudadanía y su dirigencia estén inmersas en una discusión sobre reglas de un proceso electoral que no debería provocar duda alguna.
La Cámara Nacional Electoral, al fallar en favor de las llamadas candidaturas testimoniales a diputado nacional del gobernador Daniel Scioli y del jefe de Gabinete e intendente de Tigre, Sergio Massa, perdió una excelente oportunidad para contribuir a sentar las bases de un sistema con reglas claras y estables.
La materia electoral es el primer peldaño que debe transitarse hacia una democracia plena. En la Argentina creíamos superada esta prueba ya que desde 1983, salvo episodios aislados, los comicios no fueron objeto de graves cuestionamientos. Sin embargo, desde las últimas elecciones generales de 2007 esta impresión ha cambiado de manera abrupta debido a las serias irregularidades que las caracterizaron. El robo generalizado de boletas en el marco de un proceso electoral mal organizado, con ausencia de autoridades de mesa e interminables colas en los lugares de votación, llevaron a plantear serias dudas sobre la transparencia del acto.
El proceso electoral que estamos transitando ha comenzado con una seria violación del principio de seguridad jurídica, luego de la innecesaria e interesada anticipación de los comicios a instancias del oficialismo, dejando de lado la disposición que en 2005, y también desde el impulso oficial, había establecido con muy buen criterio que las elecciones generales tendrían lugar en lo sucesivo el último domingo de octubre, cada dos años. Esta desafortunada decisión precipitó la puesta en marcha de las elecciones, con dificultades para las autoridades electorales y con la confección de las listas por la mera decisión del dedo de los caudillos partidarios, sin que hubiera tiempo para la celebración de comicios internos o de algún procedimiento de consulta a los electores.
Pero los dislates continuaron y, a instancias del presidente del Partido Justicialista, Néstor Kirchner, se creó una nueva modalidad de candidaturas, las denominadas "testimoniales". Se trata de un engendro que viola las reglas más esenciales de la buena fe y enfrenta al electorado con candidatos que se postulan a bancas que no están dispuestos a asumir en caso de resultar elegidos. Así un gobernador, un vicegobernador, ministros y decenas de intendentes del conurbano bonaerense se lanzan a la carrera bajo esta absurda especie, que no es otra cosa que una estafa al electorado.
La impugnación ante la Justicia de las candidaturas de Scioli y de Massa, y el cuestionamiento de la residencia del ex presidente Kirchner arrojaron un resultado por demás desconcertante. En primera instancia, el juez Manuel Blanco, a través de una sentencia calificada de arbitraria y superficial por la mayor parte de la doctrina constitucional, avaló la modalidad. Esta posición se repitió en el dictamen del fiscal ante la Cámara Nacional Electoral, que, entre otros argumentos, consideró que, frente al debilitamiento de los partidos, la presencia de importantes referentes al frente de las listas le facilita al elector identificar el sentido que le quiere dar a su voto. Un nutrido conjunto de constitucionalistas de todo el país, de diversos orígenes ideológicos y de universidades públicas y privadas, en una actitud sin precedente, presentó dos amici curiae en los que les ofreció a los camaristas una base argumental sustentada en la doctrina más autorizada, encaminada al rechazo de las postulaciones "testimoniales" y de la candidatura del ex presidente de la Nación.
Finalmente, la Cámara, en un fallo dividido, confirmó la sentencia de primera instancia. En su argumentación la mayoría supuso la buena fe de las declaraciones presentadas por los candidatos Scioli y Massa, pese a que éstos expresan que sólo "eventualmente" asumirían los cargos. Resulta curioso el sentido que se le da a esta última expresión, ya que se considera que la asunción de las bancas de diputado a las cuales se postulan dependerá del éxito que logren en los comicios. Sin embargo, el término "eventual" es definido en el diccionario de la Real Academia como "incierto o casual", y debió haber sido otra la decisión si los jueces se hubieran atenido al significado que surge de la obra más autorizada de la lengua española.
La mayoría de la Cámara abundó en fundamentos destinados a evitar la función de control que le cabe a la máxima instancia electoral de la Nación. Su interpretación de las disposiciones constitucionales fue meramente literal y pareció desentenderse tanto del espíritu de la Constitución como de los motivos que llevaron a su inclusión en la ley fundamental.
Frente a este estado de cosas el voto minoritario del camarista Alberto Dalla Vía aportó una bocanada de aire puro. Su mirada apuntó en la dirección opuesta a la de la mayoría y, a través de una exposición minuciosa que se apoya en autores de relevancia como Ronald Dworkin, Maurice Duverger, Giovanni Sartori, Carlos Nino, Germán Bidart Campos y Segundo Linares Quintana, puso de manifiesto el papel fundamental que les cabe a los jueces en el control de los actos de gobierno, en este caso de las cuestiones electorales. Fueron reveladores sus conceptos en relación con el "sentido común de las cosas y de su apreciación por parte de los jueces". Cuando la Justicia pierde esa brújula, de alguna manera, está desconociendo la realidad detrás de meras especulaciones dogmáticas.
Cabe destacar una de las precisiones determinantes a las que acudió el doctor Dalla Vía, para hacer lugar a la impugnación de las candidaturas testimoniales. Se trata de una cita al politicólogo italiano Sartori, quien ha señalado: "No puede existir representación mientras el representante no sienta la expectativa de aquellos a los que representa, y no la siente como una expectativa vinculante. Por lo tanto, no sólo la representación es una idea, sino que es también necesariamente un deber. (...) El medio (elecciones) no puede sustituir al animus (la intención representativa)". Ahora cabe esperar a la Corte Suprema, ultimo intérprete de la Constitución, la que debería pronunciarse a la mayor brevedad, de manera de despejar toda duda y eliminar un precedente que, con seguridad, pone piedras en el difícil camino por el que transita nuestro país hacia la consolidación democrática. Lo que resulta claro es que este mamarrachesco proceso electoral y las discusiones que de él se derivan distan de ser propias de un país normal.